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Zwangsvollstreckung Hypothek Barcelona

 

 

Stand: 28.10.2019

Obgleich die Hypothek normalerweise zu Gunsten einer Bank zur Sicherung einer Darlehensrückzahlung erstellt wird, ist es im Handelsverkehr durchaus sinnvoll, wenn ein säumiger Schuldner entweder ein Schuldanerkenntnis mit Zwangsvollstreckungsunterwerfung erstellt oder wenn er im Immobilienbesitz ist, dass er eine Hypothek zu Gunsten des Lieferanten erstellt, um die Schuld zu besichern.

 

LEGALIUM Service

Wir erstellen Ihnen in Barcelona den entsprechenden Darlehensvertrag auf deutsch und spanisch mit Hypothekensicherung und beraten Sie auch gerne in Bezug auf weitere Sicherungsmöglichkeiten der Geldforderungen gegen den spanischen Schuldner

Sollte die Schuld dann nicht beglichen werden, schließt sich die Zwangsvollstreckung aus der Hypothek an.

 

LEGALIUM Service

Unsere Kanzlei in Barcelona sorgt dann für das gerichtliche Verfahren der Zwangsvollstreckung und wenn die Immobilie in Barcelona gelegen ist, dann liegt die Zuständigkeit bei den Gerichten in Barcelona

 

Anschreiben Gericht

 

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE BARCELONA QUE POR TURNO DE REPARTO CORRESPONDA

„Don/Doña nombre y apellidos“, Procurador de los Tribunales y de „…… cualquiera de los sujetos a quienes el art.6 LEC reconoce capacidad para ser parte“, con NIF número „……“ y domicilio en „vía pública, número, población, código postal“, – representación que acreditaré en el momento procesal oportuno mediante apoderamiento apud acta- según acredito mediante la respectiva escritura de poder que acompaño como documento número „……“-

 

Nachweis der Prozessvollmacht in notarieller Form


según resulta de la copia auténtica de la escritura de poderes que acompaño para su unión a los autos por copia testimoniada con devolución de aquélla, ante el Juzgado comparezco bajo la dirección técnica del Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de „localidad“, „Don/Doña nombre y apellidos“, con despacho profesional en „vía pública, número, población, código postal“, y como mejor proceda en Derecho DIGO:

Que en la representación que ostento y al amparo de los art.129 de la Ley Hipotecaria y 681 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en momento procesal oportuno, promuevo DEMANDA DE EJECUCIÓN – HIPOTECARIA- PIGNORATICIA respecto a los bienes que se detallarán más adelante y frente a „…… cualquiera de los sujetos a quienes el art.6 LEC reconoce capacidad para ser parte y frente a quienes los art.538 a 544 LEC permiten instar el despacho de la ejecución y el art.685 LEC concreta para el caso de ejecución de bienes hipotecados en la persona del deudor y, en su caso, el hipotecante no deudor o el tercer poseedor de los bienes hipotecados“, con NIF número „……“, y domicilio en „vía pública, número, población, código postal“, en reclamación de las cantidades señaladas en el suplico de este escrito, con base en los siguientes,

 

Sachverhaltsdarlegung – Hechos

 

PRIMERO Daten der Hypothek

Mediante escritura pública autorizada por „el/la“ Notario del Ilustre Colegio de „localidad“, „Don/Doña nombre y apellidos“, de fecha „día, mes y año“ y número de protocolo „……“, cuya copia se acompaña al presente escrito como documento número „……“, se formalizó entre mi representado y – el demandado deudor „Don/Doña nombre y apellidos“- los demandados deudor „Don/Doña nombre y apellidos“ e hipotecante no deudor „Don/Doña nombre y apellidos“, un contrato de préstamo – hipotecario por importe de „……“ euros que recibió el deudor en el momento de otorgamiento de la referida escritura mediante ingreso en la cuenta número „……“ en la entidad demandante y de la que es titular el deudor.

SEGUNDOFinanzielle Konditionen der Hypothek

En garantía del capital prestado de „……“ euros, así como del pago de intereses pactados al tipo de „……“% – hasta el límite de „……“ años, de eventuales intereses de demora al tipo „……“% – hasta un máximo equivalente a „……“ años, de un „……“ % para costas y un „……“ % para gastos, se constituyó por – el ahora demandado- los ahora demandados y a favor de mi representado

TERCEROKlauselierung der Nichterfüllun, Beispiel Nichtzahlung von 2 Monatsraten

En el contrato de préstamo – hipotecario- con garantía pignoraticia se incluyeron, entre otras, las siguientes estipulaciones relativas al cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones y a la realización del bien: „……“.

CUARTOFälligkeit der Rückzahlung mit aussergerichtlicher Anmahnung

Impago al momento del vencimiento final pactado:

Llegado el momento del vencimiento del préstamo señalado en el citado contrato, el deudor no ha satisfecho nada de lo debido, a pesar de los diversos requerimientos efectuados extrajudicialmente por mi representado como se acredita con los documentos números „……“ acompañados a este escrito, lo que ha obligado a esta parte a interponer la presente demanda ejecutiva .

QUINTONotarielle Forderungsaufstellung – In Spanien ist es Pflicht, eine notarielle Forderungsaufstellung der Forderungsklage beizulegen

A fecha de presentación de esta demanda el deudor „Don/Doña nombre y apellidos“ adeuda a mi representado la cantidad de „……“ euros, que se desglosa en los siguientes conceptos, tal y como se expone detalladamente en la liquidación de la deuda practicada por el Notario del Ilustre Colegio de „localidad“, „Don/Doña nombre y apellidos“, y que se acompaña a la presente demanda como documento número „……“:

– „……“ euros en concepto de capital vencido pendiente de pago

– – „…… en el caso del vencimiento anticipado, añadir lo siguiente:“ euros en concepto de capital dado por vencido anticipadamente

– „……“ euros en concepto de intereses ordinarios

– „……“ euros en concepto de intereses de demora

 

RECHTSGRUNDLAGE – FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

I.- Jurisdicción y competencia. ZUSTÄNDIGKEIT DES GERICHTS AM LAGEORT DER IMMOBILIE

Conforme al art.684 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es competente el Juzgado de Primera Instancia al que me dirijo, por cuanto „…… concretar la razón por la que es competente el Juzgado al que se dirige la demanda atendiendo a los supuestos previstos en el art.684 LEC“

II.- Procedimiento. ZWANGSVOLLSTRECKUNGSVERFAHREN IN DER HYPOTHEKENVOLLSTRECKUNG MIT DEN SONDERREGELN NACH ART.681 FF DER SPANISCHEN ZIVILPROZESSORDNUNG (lec)

El Tribunal autorizará y despachará ejecución por los trámites de los art.681 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al tratarse de bienes – hipotecados- pignorados.

En caso de que no se haya practicado el requerimiento de pago notarial previsto en los art.686.2 y art.581.2, señalar lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en el art.686.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil deberá practicarse requerimiento judicial de pago – al demandado- a los demandados al no haberse practicado extrajudicialmente en la forma prevista en el art.581.2 de dicha Ley.

III.- Capacidad para ser parte y procesal. PROZESSFÄHIGKEIT

La tienen demandante y demandada a tenor de lo dispuesto en los art.6 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

IV.- Legitimación activa y pasiva. AKTIV UND PASSIVLEGITIMATION

Según el art.538 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es parte en el proceso de ejecución la persona o personas que piden y obtienen el despacho de la ejecución y la persona o personas frente a las que ésta se despacha, añadiendo que sólo podrá despacharse ejecución a instancia de quien aparezca como acreedor en el título ejecutivo, entre otros, frente a quien aparezca como deudor en el mismo título. Dado que el actor y el demandado aparecen como acreedor y deudor en el título en que se funda la presente ejecución, ambos tienen legitimación.

„…… si concurre alguna otra circunstancia prevista en los art.538 a 544 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, habrá que indicarla“.

En su caso, añadir lo siguiente:

Asimismo, está legitimado pasivamente el „hipotecante no deudor/tercero poseedor“ del bien hipotecado con base en lo previsto en el art.685.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

V.- Representación procesal y defensa técnica. PROZESSVERTRETUNG DURCH D.LUICKHARDT, ABOGADO UND DEN PROCURADOR, DER VOM MANDANTEN AUSGEWÄHLT WIRD, AUF EMPFEHLUNG VON LEGALIUM.

Se cumplen con las normas procesales de postulación y defensa, ya que la demanda se presenta por medio de Procurador legalmente habilitado y bajo la dirección de Abogado firmante de la misma conforme a lo dispuesto en los art.23, 31, 32 y 539.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

VI.- Requisitos formales. EINHALTUNG DER PROZESSUALEN VORSCHRIFTEN

Se inicia el presente procedimiento por medio de demanda que reúne todos los requisitos exigidos en el art.685 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a la que se acompañan los documentos exigidos en el – art.550art.573art.574 de la Ley Procesal Civil.

El procedimiento se seguirá de conformidad con lo previsto en los art.571 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con las especialidades que se establecen en los art.681 a 698 de ese mismo texto legal.

VII.- Procedencia de la acción ejercitada. VOLLSTRECKUNGSTITEL IST DIE HYPOTHEKENERSTELLUNGSURKUNDE IN ERSTER AUSFERTIGUNG

El art.517.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé, como título que tiene aparejada ejecución: „…… indicar alguno de los supuestos previstos en dicho artículo, que será normalmente escritura pública de constitución de la garantía respecto del crédito o préstamo reclamado“.

En el presente supuesto, se pretende la ejecución de „…… indicar el concreto título ejecutivo en que se funda la demanda“, en los términos acordados en el mismo, con base en la garantía – hipotecaria- pignoraticia constituida sobre los bienes objeto de ejecución.

VIII.- Intereses. ZINSREGELUNG

Conforme a lo establecido en el art.576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde que fuere dictada en primera instancia, toda resolución que condene al pago de una cantidad de dinero líquida determinará, a favor del acreedor, el devengo de un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en dos puntos o el que corresponda por pacto de las partes o por disposición especial de la Ley.

En caso de vencimiento de nuevos plazos de la deuda durante la ejecución, se puede añadir lo siguiente:

IX.- Vencimiento de nuevos plazos. ERWEITERTE ZWANGSVOLLSTRECKUNG DURCH ERWEITERTE FÄLLIGKEIT DER FORDERUNG

En virtud de lo dispuesto en el art.578.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si, despachada ejecución por deuda de una cantidad líquida, venciera algún plazo de la misma obligación en cuya virtud se procede, o la obligación en su totalidad, se entenderá ampliada la ejecución por el importe correspondiente a los nuevos vencimientos de principal e intereses, si lo pidiere así el actor y sin necesidad de retrotraer el procedimiento.-

X.- Costas. KOSTENANTRAG ZU LASTEN DES SCHULDNERS

Las costas de esta ejecución deberán ser impuestas al ejecutado, conforme a lo dispuesto en los art.394, 539.2, 561 y 583.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Por lo expuesto,

ANTRAG BEI GERICHT SUPLICO AL JUZGADO que teniendo por presentado este escrito, junto con los documentos que se acompañan y copia de todo ello, se sirva admitirlo a trámite, formándose los oportunos autos, se me tenga por comparecido y parte en el proceso y en la representación que ostento, entendiéndose conmigo las sucesivas diligencias, por instada en tiempo y forma KLAGE ZUR EINLEITUNG DER ZWANGSVOLLSTRECKUNG DEMANDA DE EJECUCIÓN – HIPOTECARIA- PIGNORATICIA respecto a los bienes que se han indicado en el cuerpo de este escrito y frente a

ANTRAG AUF VOLLSTRECKUNGSVERMERK IN DAS GRUNDBUCH SUPLICO AL Letrado de la Administración de Justicia que se libre mandamiento al Registro de la Propiedad número „……“ de „BARCELONA“ para que remita certificación en la que consten los extremos a que se refiere el art.656.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la que se exprese, asimismo, que la hipoteca en favor del ejecutante se halla subsistente y sin cancelar o, en su caso, la cancelación o modificaciones que aparecieren en el Registro.

 


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